Información legal

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Deseamos que al comprar una propiedad en la Costa del Sol pueda disfrutarla plenamente y que la compra no resulte una mala experiencia, por lo que le aconsejamos lo siguiente:

• Es primordial que el inmueble o terreno que desea comprar tenga escritura. Si no tiene escritura, le puede ocasionar numerosos problemas burocráticos.

• Si va a comprar un chalet o casa adosada, en la escritura debe figurar tanto el terreno como la vivienda con los metros correspondientes de cada uno. Si sólo figura el terreno, usted será propietario del terreno pero no de la vivienda y en un futuro, no podrá vender la casa por no tener la escritura correspondiente.

• Nunca compre una propiedad que tenga un embargo ya que la deuda va contra el inmueble y no contra el dueño anterior, por lo que podría perder completamente la propiedad que ha comprado.

• No compre un inmueble que no figure en el Registro de la Propiedad. Posiblemente existirá algún problema. Incluso puede ser que la persona que le esté vendiendo la propiedad no sea el actual dueño.

• Es habitual que los terrenos rústicos o casas muy antiguas no tengan escritura ya que se heredan de padres a hijos. El procedimiento para obtener escritura puede llegar a tardar más de dos años. Incluso es posible que nunca se obtenga la escritura especialmente cuando hay varios herederos y alguno no esté de acuerdo en firmar. No debe comprar hasta que los dueños hagan escritura.

• Si la vivienda a comprar tiene hipoteca y desea continuar con ella, debe consultar con el banco que concedió esa hipoteca para saber si usted puede seguir pagándola.

COMPRAR UNA PROPIEDAD
A fin de evitar problemas, es muy importante que antes de comprar cualquier inmueble (vivienda, terreno, local comercial o garaje), compruebe su situación urbanística y si hay recibos pendientes de pago.

La propiedad debe estar libre de deudas. Si hay pagos pendientes, el dueño debe pagarlos antes de vender o deducirlos del precio de compra.

Incluso en el caso de querer comprar una propiedad que no cumpla todos los requisitos, lo importante es tener una información adecuada y saber que posiblemente, en un futuro tendrá que realizar algún pago adicional.

Para realizar una compra con todas las garantías, debe solicitar información en las siguientes oficinas:

1. Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.
2. Registro de la Propiedad de Torrox.
3. Oficina de Recaudación de Nerja.
4. Comunidad de Propietarios (si el inmueble pertenece a una comunidad).
Esta información la puede solicitar usted mismo o su abogado. Se puede tardar 1 ó 2 semanas en verificar todos los datos necesarios.

HACER ESCRITURA
La escritura es el documento que se firma al comprar una propiedad. Se hace ante un Notario y deben estar presentes el comprador y el vendedor para firmar los acuerdos de la compra-venta. Si no puede estar presente, le podrá representar otra persona con un poder notarial en español.

Para que una escritura tenga validez total debe inscribirse en el Registro de la Propiedad de Torrox, que es el organismo público donde se registran todas las compra-ventas de esta comarca. No basta sólo con firmar la escritura, es fundamental inscribirla en el Registro de la Propiedad.

La escritura se hace en una Notaría. Seguidamente, la Notaría le entregará una Copia Simple, que es una copia provisional de la escritura hasta que se inscriba en el Registro de la Propiedad.

La inscripción en el Registro de la Propiedad de Torrox puede hacerla usted mismo, su representante (abogado) o la Notaría, que cobrará aproximadamente 78 € por realizar esta gestión.

GASTOS DE COMPRA DE UN INMUEBLE
Al comprar una propiedad, aparte del precio del inmueble, debe pagar aproximadamente un 10% adicional para los siguientes gastos de compra:

1) GASTOS DE NOTARÍA
Estos gastos dependen del precio que figure en escritura. Los gastos de Notaría se pagarán según acuerdo entre el comprador y el vendedor, aunque es costumbre que todos los gastos los pague el comprador.
2) IVA (SÓLO PARA INMUEBLES NUEVOS)
Debe pagar al constructor el 8% de IVA sobre el precio que figure en la escritura al comprar:
• Una vivienda.
• Un garaje con una vivienda en el mismo edificio.
Debe pagar al constructor el 18% de IVA al comprar:
• Un local comercial.
• Un garaje sin vivienda.
En la escritura figurará que ha pagado este impuesto al constructor.
3) OFICINA LIQUIDADORA DE TORROX
Inmuebles Nuevos:
Si ha comprado una propiedad de nueva construcción y ya ha pagado el IVA, debe abonar el 1% del precio que figure en escritura a la Oficina Liquidadora de Torrox.
Reventas (de 2ª mano) y Terrenos:
Si ha comprado una propiedad de reventa o un terreno, debe abonar a la Oficina Liquidadora de Torrox el 8% del precio que figure en la escritura (ITP: Impuestos de Transmisiones Patrimoniales).
4) REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORROX
Al comprar un inmueble y para que la compra tenga total validez, debe inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad de Torrox. El importe a pagar depende del precio que figure en la escritura.
5) PLUSVALÍA
La plusvalía es un impuesto municipal que se paga una sola vez a la compra-venta de la propiedad. Su importe depende del valor catastral de la casa y de los años transcurridos desde la última venta. Normalmente y según la ley es el vendedor que paga ese impuesto.
6) IMPUESTO DE HACIENDA 3%
Este impuesto sólo se paga si el vendedor es un Extranjero No Residente y además hizo la escritura después de 1987.

El comprador debe descontar un 3% del precio de venta para ingresarlo en Hacienda a nombre del vendedor.

DESPUÉS DE COMPRAR UNA PROPIEDAD
Después de haber comprado una propiedad, debe cambiar el nombre del antiguo dueño en los recibos de:

1. Plusvalía
2. IBI
3. Agua
4. Electricidad
5. Comunidad de Propietarios (si su vivienda pertenece a una comunidad).

Si necesita un abogado podemos recomendar a:
LEX IURIS

Tel : (+34) 952 528 113
Fax: (+34) 952 525 490

Email: nacho@lexiurisabogados.es

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